Hay frases que envejecen mal. “Hasta que la muerte nos separe” podría competir con “firmo sin leer”. Durante generaciones, el matrimonio se presentó como un pacto absoluto, casi sagrado. Lo que se omitía era la letra chica: el consentimiento no se da una vez para siempre; se da cada vez. Y puede retirarse. Ni las alianzas, ni los hijos, ni las fotos enmarcadas en el living convierten el cuerpo de una persona en propiedad privada del otro.
El caso de Julieta Prandi —cuyo exmarido, Claudio Raúl Contardi, fue condenado a 19 años de prisión por abusar sexualmente de ella— nos impone este recordatorio. Un matrimonio no es contrato de consentimiento permanente, como dice la abogada penalista Florencia Abdala: “La vida en pareja no es un contrato de consentimiento permanente y la coacción psicológica también lo invalida”. No es un detalle menor. Si lo fuera, no tendríamos que recordarlo cada vez que un tribunal dicta una sentencia como esta.
Abdala también advierte que fallos como este pueden animar a más mujeres a denunciar, aunque insiste en que “el debido proceso y la presunción de inocencia no son negociables”. Es un equilibrio incómodo: garantizar justicia a la víctima sin erosionar garantías fundamentales. El problema es que, mientras se busca ese balance, las denuncias se amontonan en expedientes que se mueven con la velocidad de un caracol.
Parte de la violencia
La lentitud judicial es también parte de la violencia, y la abogada penalista Paula Morales Soria lo ve a diario. El camino hasta la sentencia, dijo, “fue un infierno” para Prandi: pericias interminables, declaraciones repetidas, dilaciones que desgastan. Ella interpreta el fallo como “un mensaje contundente: el abuso no tiene cabida y la impunidad no será la regla cuando el coraje de una víctima se une a la firmeza de un tribunal”. La fuerza de esa frase contrasta con la fragilidad del proceso que la antecede.
¿Qué puede generar el fallo Prandi en Tucumán?La violencia que aflora en estos casos no siempre es visible. Agustina Recalde, abogada penalista, lo señala con claridad: “No es ajena a ninguna esfera, incluso cuando se desarrolla en el marco de una relación de pareja”. Lo que sucede puertas adentro no queda neutralizado por el vínculo, y eso cuesta aceptarlo. Recalde es escéptica con las llamadas “condenas ejemplares” —esas que parecen faros solitarios en un mar de impunidad—, pero reconoce que la visibilidad puede “traducirse en prácticas políticas orientadas a la transformación”.
Esa visibilidad es la que también empujó, del otro lado del océano, el caso de Gisèle Pelicot en Francia. Su marido fue condenado a 20 años de prisión por drogarla y permitir que decenas de hombres la violaran mientras estaba inconsciente. Hubo videos, fotos y pruebas tan escalofriantes que la prensa dudó en describirlas. Pelicot decidió renunciar al anonimato y exigir un juicio público. Su objetivo: “cambiar la vergüenza de bando”, poner el foco en el agresor y no en la víctima.
En Francia, el impacto fue inmediato: la Asamblea Nacional debatió una ley para introducir el consentimiento explícito en la definición penal de violación. Parece increíble, pero hasta ahora el Código Penal francés no lo mencionaba de forma clara. Que hayan hecho falta los horrores del caso Pelicot para discutirlo es tan alentador como triste: en buena hora hablamos de consentimiento, aunque sea a partir de hechos lamentables.
Julieta Prandi, tras la condena de Claudio Contardi: “Estamos cansadas de que no nos escuchen”En Argentina, el caso Prandi no discute definiciones legales tan básicas, pero sí nos enfrenta a prejuicios igual de arraigados. Todavía hay quienes creen que un matrimonio legitima el acceso sexual sin condiciones. Que un “sí” dicho hace años no admite renegociación. Que lo íntimo está fuera del alcance de la ley. Esa zona gris —alimentada por costumbres y clichés— es el refugio perfecto para la violencia.
Abdala, Recalde y Morales Soria coinciden en algo: la justicia debe proteger la integridad sexual y la dignidad humana sin demoras que vuelvan insoportable el camino. Que se condene a un agresor es importante; que se evite que la víctima pase años justificando su dolor, mucho más.
Claudio Contardi fue condenado a 19 años por abuso sexual contra Julieta PrandiHay una ironía amarga en todo esto: mientras celebramos avances judiciales, todavía estamos explicando que el matrimonio no convierte a una persona en dueña del cuerpo de la otra. En 2025. En países que se dicen modernos. En sociedades que ponen al amor en el altar, pero olvidan que no hay amor posible sin consentimiento renovado.
Casos como los de Prandi y Pelicot nos recuerdan lo mismo: no hay “sí” que dure para siempre. No hay contrato, promesa o ceremonia que pueda vaciar de sentido la palabra “no”. Lo entendamos o no, ese es el límite. Y no debería hacer falta otro juicio para recordarlo.